La
Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) espera que Adidas compense a los
consumidores que se vieron afectados por el uso de publicidad engañosa de sus
zapatos deportivos "Easytone".
El
subprocurador jurídico de la Profeco, Rafael Ochoa, explicó que la Suprema
Corte de Justicia le dio la razón a los consumidores, por lo que la empresa
deberá comprobar los efectos que causó por el uso de publicidad engañosa.
El
funcionario manifestó que en Estados Unidos la marca resarció a los
consumidores por el uso de publicidad engañosa y aunque en México se hizo el
mismo reclamo, la empresa se inconformó.
"De
manera internacional ellos respondieron a sus consumidores, en Estados Unidos,
resarciéndolos por los efectos incumplidos de estos productos que se estaban
comercializando.
"Nosotros
realizamos este mismo reclamo y aquí se decían que la carga de la prueba era
para los consumidores, es decir, debían acreditar que no se lograban los
efectos esperados", explicó.
Como parte
de la acción colectiva que interpuso la Profeco, la marca tendrá que dar una
compensación, aunque aun no se determina el número de personas afectadas.
Este caso
data de febrero de 2012, cuando la Profeco promovió una acción de grupo contra
publicidad engañosa de la marca.
Además que
contenía cámaras de aire que tonificaban al crear microestabilidad.
En la
publicidad se afirmaba que el calzado tonificaba piernas y glúteos con cada
paso.
Según los
anuncios, con Easytone se tonificaban en 28 por ciento más los glúteos y 11 por
ciento más las pantorrillas.
Carlos
Martínez, director general de la asociación civil Central Ciudadano y
Consumidor, señaló que a través de la resolución de la Corte se fortalece al
consumidor, porque dice que los consumidores no tienen por qué demostrar el
daño por la publicidad engañosa, sino que esto corresponde a la empresa.
Añadió que
la marca tuvo que resarcir a los consumidores tanto en Estados Unidos como en
Canadá.
"¿Por
qué en Estados Unidos sí se cumple una resolución judicial y aquí se pelea?
¿Por qué las empresas tratan al consumidor de manera diferente cuando
sale la misma publicidad y el daño al consumidor es el mismo?", cuestionó
Martínez.
Describió
que para reclamar el resarcimiento, se tienen que determinar el número de
afectados, es decir, cuántos compraron el producto y el mecanismo de
compensación.
"Lo que pasa normalmente es que se llama a los consumidores que tengan
algún ticket de compra o que tengan el producto, para cuantificar el daño. En
EU la empresa devolvió millones de dólares a todos los consumidores y es lo que
tendría que pasar en México", afirmó.
Es importante considerar que muchos de los productos que son promocionados en México y que son considerados como milagrosos, utilizan campañas de publicidad muy peculiares, prometiendo milagros estéticos difíciles de alcanzar sin esfuerzo. Éstos productos carecen de verdad en la mayoría de las ocasiones y sólo generan una necesidad de compra que prontamente desilusiona al cliente. Es por esto que dichos productos, por lo general, son materia de conflicto entre los clientes y las marcas que producen tal bien.
Publica Francisco Zavala
Abril de 2015
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